jueves, 10 de diciembre de 2015

Origen de la Legislación Laboral


ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

La legislación laboral es una rama del derecho relativamente joven en comparación con otras ramas ya que surge recién en el siglo XX luego de muchos años de propuestas y reclamos de sectores obreros que pedían por mejores condiciones de trabajo, estabilidad y seguridad.

Esta rama  tiene por objetivo regularizar las actividades laborales, ya sean en lo que respecta a los derechos del trabajador, como también a sus obligaciones y lo mismo para el empleador.

En 1985 y a principios del siglo XX, se apropio de la burguesía bancaria y comercial del poder por lo que lo promueve la industrialización y la acumulación capitalista. El país se transforma por las consecuencias de orden social, económico y político y aparece la clase obrera.

A pesar del grito de independencia y la abolición de la esclavitud por parte del Libertador, esta situación solo de cristalizo a partir del 1º de enero de 1852. A partir de ese momento empiezan a aparecer algunas leyes sociales, que constituyen el fundamento de lo que hoy se conoce como Código Sustantivo del Trabajo.

En el Código Sustantivo del Trabajo (CST) podemos encontrar: 

  • Derecho individual del trabajo
  • Derecho Colectivo del trabajo 
  • Sistema de Seguridad social integral.
Para la aplicación del CST todo empleador esta obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia, la correcta aplicación de normas influye en la buena marcha de la empresa y en beneficio de las relaciones con sus trabajadores.


Aplicar mal las normas laborales trae como consecuencia para la empresa la imposición de multas y sanciones por parte de las autoridades que pueden llegar al cierre de la organización. 

Bibliografias:




jueves, 26 de noviembre de 2015

PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL COLOMBIANO

PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL 

DEFINICIÓN

El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El estado garantiza a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido.






PRINCIPIOS 

1. PRINCIPIO DE DERECHO AL TRABAJO: El estado esta obligado a darnos fuentes de trabajo, para la realización personal de la ciudadanía, y así contribuir con el progreso de la ciudad y el país.






2. PRINCIPIOS DE OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO: Este principio encuentra su pilar en la necesidad de colaboración que debe existir entre los miembros de una sociedad para llegar a un desarrollo competitivo internacional. 

3. PRINCIPIO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO: Este principio se define como la garantía ofrecida por parte del Estado a salvaguardar el desarrollo del trabajo, en el marco del establecimiento de determinadas garantías.










4. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE DERECHOS: En desarrollo de este principio debemos empezar por recordad que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley. Ahora bien. en el ámbito laboral, se establece que todos los trabajadores deben ser tratados con las mismas normas y garantías.








5. PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD: De acuerdo con este principio se desplazan a un segundo plano las formas o apariencias a través de las cuales las partes hayan pretendido regular a su relación de trabajo para dar preponderancia a las reales circunstancias facticas que rodean la prestación de los servicios por parte del trabajador.





6. PRINCIPIO DE ESTABILIDAD: El principio de la estabilidad supone que el trabajador, en desarrollo de su contrato de trabajo tiene derecho a que mientras se mantengan las causas que dieron origen al vinculo laboral, puede continuar prestando sus servicios salvo que el empleador de por terminado el contrato de trabajo. 









7. PRINCIPIOS DE FAVORABILIDAD: Este principio permite dilucidar el conflicto suscitado a raíz de la posibilidad de aplicación de dos o mas normas a un caso concreto.





8. PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD DE BENEFICIOS MÍNIMOS, Y MÍNIMO DE DERECHOS Y GARANTÍAS: El principio de irrenunciabilidad de beneficios mínimos toma en consideración que el derecho del trabajo se construye sobre normas de orden publico, lo cual implica que se imponga la irrenunciabilidad de los derechos otorgados por imperio de la ley.








9. LA CAPACITACIÓN, EL ADIESTRAMIENTO, Y EL DESCANSO NECESARIO: La capacitación consiste en la adquisición de conocimiento en busca de la aptitud del trabajador en una labor distinta a la que normalmente desarrolla, y el adiestramiento como la misma adquisición de conocimientos para hacer al trabajador mas apto en el desempeño de la labor.



10. PROTECCIÓN ESPECIAL A LA MUJER, A LA MATERNIDAD Y LA LACTANCIA: La mujer embarazada y su hijo son sujetos de especial protección del Estado. Las normas constitucionales protegen a la mujer embarazada y la lactante, buscando de esta forma con los fundamentos constitucionales una igualdad real y efectiva entre los sexos en el ámbito laboral.